“Encarrilan” a la ARTF; le dan más facultades en materia de trenes de pasajeros y multimodal

por elogis


Para proponer y, en su caso, ejecutar las políticas y programas de desarrollo, promoción, supervisión y logística del sistema ferroviario del transporte masivo de pasajeros y multimodal, la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) delegó facultades a la Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario (ARTF).

El Acuerdo, que entrará en vigor a partir de mañana, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), precisó que la presente administración tiene como objetivo desarrollar infraestructura ferroviaria nacional para potenciar el transporte de pasajeros y carga mediante la integración de una red con enfoque intermodal que proporcione “un servicio económico, seguro, sostenible y eficiente”.

Por lo que la ARTF, en coordinación con la SICT y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través de las Unidades de Administración y Finanzas, llevarán a cabo los actos administrativos necesarios para transferir a dicha agencia los recursos que les hayan sido asignados en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2025, en un plazo no mayor a 20 días hábiles siguientes a la entrada en vigor del decreto.

Asimismo, los recursos humanos, financieros y materiales con los que actualmente cuenta la Dirección General de Desarrollo Ferroviario y Multimodal pasarán a formar parte de la ARTF.

Por lo que ahora este organismo propondrá y, en su caso, ejecutará las políticas y programas de desarrollo, promoción, supervisión y logística del sistema ferroviario, del transporte masivo de pasajeros y multimodal.

Además de planear el desarrollo estratégico en materia ferroviaria y tramitar las peticiones relativas al otorgamiento de concesiones y asignaciones para la construcción, operación y explotación de vías generales de comunicación ferroviaria y para la prestación del servicio público de transporte ferroviario, así como su prórroga, modificación, nulidad, cesión, terminación y revocación, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables.

También llevar a cabo los procedimientos de licitaciones públicas de concesiones para la construcción, operación y explotación de vías férreas, así como los correspondientes a concesiones para la prestación del servicio público de transporte ferroviario.

Llevar a cabo los procedimientos para la contratación de obras públicas ferroviarias y de los servicios relacionados con las mismas, en las que se incluyen las relativas a la construcción de vías férreas, patios y terminales de carácter federal para el establecimiento y explotación de ferrocarriles de transporte masivo de personas pasajeras y multimodal, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables.

Asimismo, planear y coordinar con las autoridades administrativas competentes de los tres órdenes de gobierno y con las personas concesionarias o particulares, la construcción, reconstrucción o modernización y ampliación de tramos de vías férreas federales, así como la construcción de libramientos que eviten el paso por las poblaciones.

Para el desarrollo y cumplimiento de las facultades delegadas en el Acuerdo, la ARTF podrá auxiliarse de la Dirección General de Economía, Información y Regulación Ferroviaria; la Dirección General de Verificación, Supervisión y Registro; la Dirección General de Planeación y Proyectos de Transporte Público; la Dirección General de Proyectos Ferroviarios; la Dirección General de Asuntos Jurídicos, entre otras.

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